Mediante el Decreto 520 de 2020, se modifica las fechas de la presentación de la declaración de renta de las personas jurídicas por el año gravable 2019. el cual establece:
Grandes contribuyentes
El vencimientos según el último dígito del NIT y modifica el tema en la segunda y tercera cuota así:
Primera opción:
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- Pago 2ª cuota: El 45% del valor del saldo a pagar del año gravable 2018 los plazos van del 21 de abril al 5 de mayo de
- Presentación y pago 3ª cuota: los plazos van del 9 al 24 de junio de 2020
Segunda opción:
Si al momento del vencimiento de la segunda cuota ya se presentó la declaración de renta del año 2019: La 2ª y la 3ª cuota serán cada una por el 50% del saldo.
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- Pago 2ª cuota: Plazos del 21 de abril al 5 de mayo de
- Pago 3ª cuota: Plazos del 9 al 24 de junio de
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Demás Personas jurídicas
El vencimientos según los dos últimos dígitos del NIT y modifica el tema en la primera y segunda cuota así:
Primera opción:
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- Pago 1ª cuota: Equivale al 50% del valor del saldo a pagar del año gravable 2018 los plazos van del 21 de abril al 19 de mayo de 2020
- Presentación y pago 2ª cuota: los plazos van del 1 de junio al 1 de julio de 2020.
Segunda opción: Al momento de pagar la primera cuota ya se presentó la declaración.
Si al momento del vencimiento de la primera cuota ya se presentó la declaración de renta del año 2019:
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- Pago 1ª cuota: Equivale al 50% del valor del saldo a pagar del año gravable 2019 los plazos van del 21 de abril al 19 de mayo de 2020
- Pago 2ª cuota: los plazos van del 1 de junio al 1 de julio de 2020.