La DIAN mediante esta resolución establece los parametros de los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación.
Lo que mas estabamos esperando es cual es el calendario para que todos estemos facturando electrónicamente el 30 de noviembre de 2020, de conformidad con el Decreto 358 de 2020.
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¿Donde esta el calendario? lo encontramos en el Titulo Vi de la resolución y es el siguiente:
Artículo 20. Calendario de implementación de la factura electrónica de venta. Los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta conforme lo indican los artículos 6 y 8, de esta resolución, deberán cumplir con la obligación de expedir factura electrónica de venta, teniendo en cuenta los siguientes calendarios de implementación:
1. Calendario de implementación para sujetos obligados de acuerdo con la actividad económica principal inscrita en el Registro Único Tributario -RUT.
2. Calendario de implementación que no atiende a la actividad económica CIIU, para otros sujetos obligados.